3 de noviembre de 2017 · mesadvocats
Cambios en los gastos deducibles de los autónomos para 2018
Cambios en los gastos deducibles de los autónomos para 2018
3 noviembre, 2017
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Fiscal
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Ana Brillas

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo entra en vigor tras publicarse el miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En este artículo nos vamos a centrar exclusivamente en las medidas que afectan al ámbito fiscal, concretamente en las modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que entrarán en vigor el 1 de enero de 2018.
El título V de la Ley está destinado a clarificar la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad, centrándose en 3 puntos:
a) Las primas de seguro de enfermedad;
b) Los gastos de suministros de la vivienda habitual que el contribuyente afecte parcialmente al desarrollo de su actividad económica;
c) Los gastos de manutención.
Tendrán la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa:

Cabe recordar que los gastos derivados de la titularidad de la vivienda, tales como amortizaciones, IBI, comunidad de propietarios, etc., sí resultan deducibles en proporción a la parte de la vivienda afectada al desarrollo de la actividad y a su porcentaje de titularidad en el inmueble.
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 ¿Puede ser confiscatoria y, por tanto, nula?")

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