31 de enero de 2019 · Miquel Llimona
Novedades en la Ley de Capital
Novedades en la Ley de Capital
31 enero, 2019
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Mercantil
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Miquel Llimona

La ley 11/2018, de 28 de diciembre introduce modificaciones relevantes en ciertos preceptos de la Ley de Sociedades de Capital.
Dada la urgencia del tema, hacemos un análisis rápido sin prejuicio de poder profundizar sobre la cuestión en futuros artículos y quedando a su disposición para analizar personalmente el impacto de las modificaciones en su empresa.
Las modificaciones más relevantes son las siguientes:
1.- Modificación del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital. Este artículo permitía a los socios y / o accionistas ejercer el derecho de separación de la sociedad, en caso de falta de reparto de dividendos por parte de esta última. Artículo trascendente puesto que da lugar a la correlativa obligación de adquisición de la participación del socio disidente, al precio, en caso de desacuerdo, que establezca un experto independiente nombrando por el Registro Mercantil.
Las modificaciones más relevantes se refieren
2.- El plazo máximo para el cobro de los dividendos, en todos los casos, será el de doce meses a contar desde la fecha del acuerdo en la Junta para su distribución.
3.- Deja de ser necesario acreditar la realidad de las aportaciones dinerarias en la constitución de sociedades de responsabilidad limitada mediante certificado bancario, siempre que los fundadores manifiesten en la escritura de constitución que responderán solidariamente de la realidad de estas aportaciones frente a la sociedad y frente a sus acreedores.
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