21 de abril de 2022 · Patricia Fernández
¿Me conviene emprender en España?
¿Me conviene emprender en España?
21 abril, 2022
–
Mercantil
–
Patricia Fernández

Tras la aprobación del Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como Ley Startups, la respuesta parece ser afirmativa.
La Ley de Startups, que previsiblemente entrará en vigor este verano, incluye un paquete de medidas que no solo buscan agilizar los trámites burocráticos de constitución de la sociedad, sino también reducir la carga fiscal de los emprendedores que se establezcan en España.
La teoría está muy bien, pero ¿cómo se materializan estas medidas?
Las principales novedades en materia de agilización burocrática son las siguientes:
En materia de incentivos fiscales y de seguridad social, destacan las siguientes cuestiones:
Con independencia de estas medidas, ¿qué ocurre si la empresa no despega tan rápido como se esperaba?
Tomando en consideración los riesgos e incertidumbres que entraña el modelo de negocio de las Startups, se introduce la exención de instar la disolución en caso de presentar pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, dentro de los tres años siguientes a su constitución (siempre que no concurran los presupuestos para la solicitud de declaración de concurso).
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder acceder a todas estas ventajas?
Podrán acceder a estas ventajas todas aquellas empresas emergentes (Startups) que reúnan simultáneamente las siguientes condiciones, cuyo cumplimiento deberá ser evaluado y certificado por ENISA (Empresa Nacional de Innovación S.A.):
1. Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, que no haya transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España.
2. No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación.
3. Tener la sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
4. Tener al 60 % de la plantilla con contrato laboral en España.
5. Ser una empresa innovadora.
6. No distribuir ni haber distribuido dividendos.
7. No cotizar en un mercado regulado.
8. En caso de pertenecer a un grupo de empresas, el grupo o cada una de las empresas que lo componen deberá cumplir con los requisitos anteriores.
¿Cuál es la conclusión?
Aunque es evidente que existen numerosas cuestiones que no han sido abordadas, o que no se han desarrollado con la profundidad necesaria, lo cierto es que con la entrada en vigor de la Ley de Startups se facilitará considerablemente el emprendimiento en España, concediéndose importantes ventajas a aquellos que opten por dar el paso.
###




---